POLÍTICA Y PROCEDIMIENTOS DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES PLÁSTICOS ARANGO
CONTENIDO
I. Generalidades.
II. Identificación y mecanismos de contacto dispuestos por la sociedad como responsable del tratamiento de datos personales.
III. Marco Legal y Jurisprudencial.
IV. Ámbito de aplicación.
V. Objetivo de la Política de Tratamiento.
VI. Definiciones para efectos de la Política de Tratamiento.
VII. Principios para el Tratamiento de los Datos Personales.
VIII. Autorización del titular.
IX. Uso y finalidad de los datos personales.
X. Procedimientos para el Tratamiento de los Datos Personales.
XI. Área responsable del Tratamiento de Datos Personales.
XII. Derechos del Titular del Dato Personal.
XIII. Transferencia de Datos Personales.
XIV. Deberes del responsable del Tratamiento.
XV. Deberes del encargado del Tratamiento.
XVI. Vigencia y modificación de la Política de Tratamiento.
XVII. Otras disposiciones.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley estatutaria 1581 de 2012 y a su Decreto Reglamentario 1377 de 2013, PLÁSTICOS ARANGO, adopta la presente Política para el Tratamiento de Datos Personales, la cual será informada a todos los titulares de los datos recolectados o que en el futuro se obtengan en el ejercicio de las actividades civiles, comerciales o laborales que desarrolle la sociedad.
De esta manera, PLÁSTICOS ARANGO, manifiesta que garantiza los derechos de la privacidad, la intimidad, el buen nombre, en el tratamiento de los datos personales, y en consecuencia todas sus actuaciones se regirán por los principios de legalidad, finalidad, libertad, veracidad o calidad, transparencia, acceso y circulación restringida, seguridad y confidencialidad.
Todas las personas que, en desarrollo de diferentes actividades comerciales, laborales, entre otras, sean permanentes u ocasionales, llegaran a suministrar a PLÁSTICOS ARANGO, cualquier tipo de información o dato personal, podrá conocerlo, actualizarlo, rectificarla o revocarlo.
II. OBJETO:
Regular los procedimientos de recolección, manejo, suministro y tratamiento de los datos de carácter personal que realiza PLÁSTICOS ARANGO a fin de garantizar y proteger el derecho fundamental de habeas data en el marco de lo establecido en la misma ley.
III. IDENTIFICACION Y MECANISMOS DE CONTACTO DISPUESTOS POR LA SOCIEDAD COMO RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE
DATOS PERSONALES
Razón social PLÁSTICOS ARANGO
Dirección Carrera 50 107 sur 02 int. 128
Teléfono (604) 448 48 86
E-mail Talentohumano@plasticosarango.com
IV. MARCO LEGAL Y JURISPRUDENCIAL
• Constitución Política, artículo 15:
Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en los bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.
En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución.
La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptados o registrados mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley.
Con el fin de prevenir la comisión de actos terroristas, una Ley Estatutaria reglamentará la forma y condiciones en que las autoridades que ella señale, con fundamento en serios motivos, puedan interceptar o registrar la correspondencia y demás formas de comunicación privada, sin previa orden judicial, con aviso inmediato a la Procuraduría General de la Nación y control judicial posterior dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes. Al iniciar cada período de sesiones el Gobierno rendirá informe al Congreso sobre el uso que se haya hecho de esta facultad. Los funcionarios que abusen de las medidas a que se refiere este artículo incurrirán en falta gravísima, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar.
Para efectos tributarios judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado, podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley.
• Ley 1266 de 2008
La presente ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales relacionadas con la recolección, tratamiento y circulación de datos personales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política, así como el derecho a la información establecido en el artículo 20 de la Constitución Política, particularmente en relación con la información financiera y crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países.
• Ley 1581 de 2012
La presente ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se Hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma.
Que con el fin de facilitar la implementación y cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 se deben reglamentar aspectos relacionados con la autorización del Titular de información para el Tratamiento de sus datos personales, las políticas de Tratamiento de los Responsables y Encargados, el ejercicio de los derechos de los Titulares de información, las transferencias de datos personales y la responsabilidad demostrada frente al Tratamiento de datos personales, este último tema referido a la rendición de cuentas.
• Superintendencia de Industria y Comercio Circular 02 de 2015
El objeto de la presente circular es impartir instrucciones a los responsables del tratamiento de datos personales, personas jurídicas de naturaliza probada inscritas en las cámaras de comercio y sociedades de economía mixta, para efectos de realizar la inscripción de sus bases de datos en el registro nacional de bases de datos RNBD.
• Jurisprudencia
Corte Constitucional, Sentencia C – 748 del seis (06) de octubre del año dos mil once (2011). Magistrado Ponente: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.
V. ÁMBITO DE APLICACIÓN
La presente política se aplicará al tratamiento de datos personales efectuado en territorio colombiano o cuando al responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento no establecido en territorio nacional le sea aplicable la legislación colombiana en virtud de normas y tratados internacionales.
El régimen de protección de datos personales que se establece en la presente política no será de aplicación:
a) A las bases de datos o archivos mantenidos en un ámbito exclusivamente personal o doméstico. Cuando estas bases de datos o archivos vayan a ser suministrados a terceros se deberá, de manera previa, informar al Titular y solicitar su autorización. En este caso los responsables y Encargados de las bases de datos y archivos quedarán sujetos a las disposiciones contenidas en la presente ley;
b) A las bases de datos y archivos que tengan por finalidad la seguridad y defensa nacional, así como la prevención, detección, monitoreo y control del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo;
c) A las Bases de datos que tengan como fin y contengan información de inteligencia y contrainteligencia;
d) A las bases de datos y archivos de información periodística y otros contenidos editoriales;
e) A las bases de datos y archivos regulados por la Ley 1266 de 2008;
f) A las bases de datos y archivos regulados por la Ley 79 de 1993.
PLASTICOS ARANGO., con la finalidad de dar estricto cumplimiento a la normatividad vigente sobre la protección de Datos Personales, en especial por lo establecido en la Ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013 y a las demás disposiciones que las modifiquen, adicionen o complementen, se permite presentar la Política de Tratamiento en materia de protección de Datos Personales (en adelante la “Política”) de la sociedad en relación con la recolección, uso y transferencia de los mismos, en virtud de la autorización que haya sido otorgada por los Titulares de la información.
En esta Política, la sociedad detalla los lineamientos corporativos generales que se tienen en cuenta a efectos de proteger los Datos Personales de los Titulares, como la finalidad de la recolección de la información, derechos de los Titulares, área responsable de atender las quejas y reclamos, así como los procedimientos que se deben agotar para conocer, actualizar, rectificar y suprimir la información. La sociedad, en cumplimiento del derecho constitucional al Habeas Data, solo recolectan Datos Personales, cuando así haya sido autorizado previamente por su Titular, implementando para tal efecto, medidas claras sobre confidencialidad y privacidad de los Datos Personales.
VII. DEFINICIONES PARA EFECTOS DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO
Para los efectos de la presente política y en concordancia con la normatividad vigente en materia de protección de datos personales, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:
a) Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales.
b) Aviso de privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el responsable, dirigida al Titular para el tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
c) Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de tratamiento.
d) Canales o medios para ejercer derechos: Son los medios de recepción y atención de peticiones, consultas y reclamos que el responsable del Tratamiento y el Encargado del Tratamiento deben poner a disposición de los Titulares de la información.
e) Causahabiente: persona que ha sucedido a otra por causa del fallecimiento de ésta (heredero).
f) Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
g) Dato público: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio ya su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.
h) Datos sensibles: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos.
i) Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del Tratamiento.
j) Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos.
k) Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.
l) Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
m) Transferencia: la transferencia de datos tiene lugar cuando el responsable y/o encargado del tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su vez es responsable del tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.
n) Transmisión: tratamiento de datos personales que implica la comunicación de estos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un tratamiento por el encargado por cuenta del responsable.
VIII. PRINCIPIOS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES
Para efectos de garantizar la protección de datos personales, PLÁSTICOS ARANGO aplicará de manera armónica e integral los siguientes principios, a la luz de los cuales se deberá realizar el tratamiento, transferencia y transmisión de datos personales:
es una actividad reglada, la cual deberá estar sujeta a las disposiciones legales vigentes y aplicables rigen el tema.
b) Principio de finalidad: la actividad del tratamiento de datos personales que realice PLÁSTICOS ARANGO o a la cual tuviere acceso, obedecerán a una finalidad legítima en consonancia con la Constitución Política de Colombia, la cual deberá ser informada al respectivo titular de los datos personales.
c) Principio de libertad: el tratamiento de los datos personales sólo puede realizarse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal, estatutario, o judicial que releve el consentimiento.
d) Principio de veracidad o calidad: la información sujeta a Tratamiento de datos personales debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.
e) Principio de transparencia: En el tratamiento de datos personales, la sociedad garantizará al Titular su derecho de obtener en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de cualquier tipo de información o dato personal que sea de su interés o titularidad.
f) Principio de acceso y circulación restringida: El tratamiento de datos personales se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de éstos, de las disposiciones de la ley y la Constitución. En consecuencia, el tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el titular y/o por las personas previstas en la ley. Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los titulares o terceros autorizados conforme a la ley. Para estos propósitos la obligación de la sociedad será de medio.
g) Principio de seguridad: la información sujeta a tratamiento por la sociedad se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
h) Principio de confidencialidad: Todas las personas que en la sociedad, administren, manejen, actualicen o tengan acceso a informaciones de cualquier tipo que se encuentre en Bases de Datos, están obligadas a garantizar la reserva de la información, por lo que se comprometen a conservar y mantener de manera estrictamente confidencial y no revelar a terceros, toda la información que llegaren a conocer en la ejecución y ejercicio de sus funciones; salvo cuando se trate de actividades autorizadas expresamente por la
ley de protección de datos. Esta obligación persiste y se mantendrá inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento.
i) Principio de interpretación integral de derechos constitucionales: Se trata de la labor hermenéutica que tiene por finalidad encontrar un sentido a las normas contenidas en la Constitución. Para tal efecto se han esbozado en el derecho constitucional determinados principios que orientan la labor del intérprete de las normas constitucionales.
IX. AUTORIZACIÓN DEL TITULAR
PLÁSTICOS ARANGO, al momento de la recolección de Datos Personales, solicitarán una autorización a los Titulares, informado sobre las finalidades específicas del Tratamiento para los cuales se obtiene dicho consentimiento. La autorización de los Titulares podrá manifestarse por: (i) escrito, (ii) de forma oral o (iii) mediante conductas inequívocas que permitan concluir de forma razonable que fue otorgada la autorización. La sociedad conservará la prueba de dichas autorizaciones de forma adecuada, respetando los principios de confidencialidad y privacidad de la información.
X. USO Y FINALIDAD DE LOS DATOS PERSONALES
Los Datos Personales de los Titulares son recolectados por la sociedad en desarrollo de su objeto social, con la finalidad de:
a) Establecer una relación contractual, así como mantener y terminar una relación contractual.
b) Realizar todas las gestiones necesarias tendientes a confirmar y actualizar la información del cliente.
c) Enviar comunicaciones, por diferentes medios, relacionadas con eventos organizados por PLÁSTICOS ARANGO o por terceros.
d) Gestionar y procesar trámites (solicitudes, quejas, reclamos).
e) Efectuar encuestas de satisfacción respecto de los bienes y servicios ofrecidos por
PLÁSTICOS ARANGO
f) Suministrar información de contacto a la fuerza comercial y/o red de distribución, telemercadeo, investigación de mercados y cualquier tercero con el que PLÁSTICOS ARANGO tenga un vínculo contractual para el desarrollo de actividades de ese tipo (investigación de mercados y telemercadeo, etc) para la ejecución de estas.
g) Contactar al Titular a través de medios telefónicos para realizar encuestas, estudios y/o confirmación de datos personales necesarios para la ejecución de una relación contractual.
h) Contactar al Titular a través de medios electrónicos – SMS, chat, medios físicos y cualquier otro para el envío de noticias relacionadas con campañas de fidelización, mejora
de servicio, sobre cambios en los mismos o notificarle sobre nuevos servicios o productos por parte de PLÁSTICOS ARANGO, o los terceros que este designe.
i) Mercadeo y venta de nuestros productos y servicios.
j) Dar cumplimiento a las obligaciones contraídas por PLÁSTICOS ARANGO con el Titular de la Información, con relación al pago de salarios, prestaciones sociales y demás retribuciones consagradas en el contrato de trabajo o según lo disponga la ley.
k) Transmitir los datos personales fuera del país a terceros con los cuales PLÁSTICOS ARANGO haya suscrito un contrato de procesamiento de datos y sea necesario entregársela para el cumplimiento del objeto contractual.
l) Prestar los servicios ofrecidos por PLÁSTICOS ARANGO y aceptados en el contrato suscrito.
m) Suministrar la información a terceros con los cuales PLÁSTICOS ARANGO tenga relación contractual y que sea necesario entregársela para el cumplimiento del objeto contratado.
n) Elaborar estudios y programas que son necesarios para determinar hábitos de consumo.
o) Para el afinamiento de los filtros de seguridad y las reglas de negocio en las transacciones comerciales; confirmar, procesar dichas transacciones, con su entidad financiera, con nuestros proveedores de servicios y con usted mismo.
p) Entregar información a terceros que requieran establecer contactos comerciales con los afiliados y sus representantes, en relación con asuntos de comercio electrónico e Internet.
q) Enviar información a los afiliados y/o a terceros en relación con temas publicitarios y ofertas comerciales que permitan el impulso de productos y/o servicios que sean o no ofrecidos por parte de PLÁSTICOS ARANGO
r) Consultar y actualizar los datos personales, en cualquier tiempo, con el fin de mantener actualizada dicha información en nuestras bases de datos.
s) Realizar actividades dirigidas a fortalecer la presencia institucional de PLÁSTICOS ARANGO y a realizar contactos con terceros para el ejercicio de estas actividades.
t) Gestionar las relaciones con proveedores y empleados lo cual puede incluir actualización de datos o llevar a cabo controles reglamentarios.
u) Para realizar estudios de mercado para definir el perfil de nuestros usuarios, realizar publicidad y prospección comercial.
v) Gestionar medios de comunicación social y/o contenido editorial.
w) Desarrollar guías/catálogos de servicios de comercio electrónico.
x) Solo se consideran datos personales aquellos referidos a personas físicas naturales. Quedando excluido de los mismos a todo tipo de persona jurídica.
Los Titulares de los Datos Personales que estén siendo tratados por la sociedad, podrán ejercer en cualquier momento sus derechos a conocer, actualizar, rectificar y revocar la información.
Para el efecto, se seguirá el siguiente procedimiento, de conformidad con la Ley de Protección de Datos Personales:
a) Medios habilitados para la presentación de peticiones, consultas, quejas y reclamos:
• Comunicación escrita dirigida al establecimiento de comercio, en la Carrera 50 107 sur 02 int. 128 municipio de Caldas.
• Comunicación vía telefónica al número: (604) 448 48 86 Ext. 114
• Solicitud por vía electrónica al email: Talentohumano@plasticosarango.com
Los horarios de recepción de las peticiones, consultas, quejas o reclamos serán de 8:00 A.M. a 5:00 P.M. de lunes a viernes; aquellas que sean radicadas por fuera de estos horarios se entenderán recibidas al día hábil siguiente.
b) Atención y respuesta a peticiones y consultas:
El Titular o su apoderado, podrán solicitar a la sociedad:
• Información sobre los Datos Personales del Titular que son objeto de Tratamiento.
• Información respecto del uso que se le ha dado por PLÁSTICOS ARANGO
Las peticiones y consultas serán atendidas en un término máximo de QUINCE (15) días hábiles contados a partir de la fecha de recibido, salvo normativa expresa que determine la ampliación o disminución del término. Cuando no fuere posible atender la petición o consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando cuando se atenderá su petición o consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
c) Atención y respuesta a quejas y reclamos:
El Titular podrá solicitar, a través de una queja o reclamo presentado mediante los canales ya indicados:
• La corrección o actualización de la información.
• Que se subsane o corrija el presunto incumplimiento a cualquiera de los deberes contenidos en la Ley de Protección de Datos Personales.
XII. ÁREA RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El Área de TALENTO HUMANO del establecimiento de comercio será el área encargada de recibir las peticiones, quejas o reclamos de los Titulares de los Datos Personales. Esta área se encargará de realizar el procedimiento interno que sea necesario a efectos de garantizar una respuesta clara, eficiente, comprensible y oportuna al Titular del Dato.
XIII. DERECHOS DEL TITULAR DEL DATO PERSONAL
De conformidad con el art. 8 de la Ley 1581 de 2012, el Titular de los Datos Personales tendrá los siguientes derechos:
a) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a los responsables del Tratamiento o Encargados del Tratamiento. Este derecho se podrá ejercer, entre otros, frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado;
b) Solicitar prueba de la autorización otorgada al responsable del Tratamiento, salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la ley 1581 de 2012;
c) Ser informado por el responsable del Tratamiento o el Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales;
d) Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la presente ley y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen;
e) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el Tratamiento el responsable o Encargado han incurrido en conductas contrarias a la ley y la Constitución;
f) Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento. De conformidad con el art. 20 del Decreto 1377 de 2013, el ejercicio de los Derechos antes mencionados, podrán ser ejercidos por:
1. Por el Titular, quien deberá acreditar su identidad en forma suficiente por los distintos medios que le ponga a disposición el responsable.
2. Por sus causahabientes, quienes deberán acreditar tal calidad.
3. Por el representante y/o apoderado del Titular, previa acreditación de la representación o apoderamiento.
4. Por estipulación a favor de otro o para otro. Los derechos de los niños, niñas o adolescentes se ejercerán por las personas que estén facultadas para representarlos.
XIV. TRANSFERENCIA DE DATOS PERSONALES
La sociedad podrá transferir los Datos Personales de los Titulares entre sí o a las demás entidades que pertenezcan o llegaren a pertenecer al mismo grupo de control y/o grupo financiero, domiciliadas en Colombia y/o en el exterior, en estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Política y las normas que regulan la materia.
XV. DEBERES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
De conformidad con el art. 17 de la Ley 1581 de 2012, el responsable del Tratamiento tendrá los siguientes deberes:
a) Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.
b) Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en la ley, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular.
c) Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada.
d) Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
e) Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.
f) Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a éste se mantenga actualizada.
g) Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del Tratamiento.
h) Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la ley.
i) Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular.
j) Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados en la ley.
k) Adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la ley y en especial, para la atención de consultas y reclamos.
l) Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo.
m) Informar a solicitud del Titular, sobre el uso dado a sus datos.
n) Informar a la autoridad de protección de datos, cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.
o) Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.
XVI. DEBERES DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
Eventualmente, las sociedades, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 1581 de 2012, tener la calidad de Encargados del Tratamiento y en consecuencia tendrán los siguientes deberes:
a) Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.
b) Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
c) Realizar oportunamente la actualización, rectificación o supresión de los datos en los términos de la presente ley.
d) Actualizar la información reportada por los responsables del Tratamiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de su recibo.
e) Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los Titulares en los términos señalados en la presente ley.
f) Adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la presente ley y, en especial, para la atención de consultas y reclamos por parte de los Titulares.
g) Registrar en la base de datos las leyes «reclamo en trámite» en la forma en que se regula en la presente ley.
h) Insertar en la base de datos la leyenda «información en discusión judicial» una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad del dato personal.
i) Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el Titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio.
j) Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso a ella.
k) Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.
l) Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES: Sin perjuicios de las obligaciones pactadas en cada caso en particular, los trabajadores o colaboradores directos e indirectos de PLÁSTICOS ARANGO, deberán dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:
– Conocer y acatar la presente política de protección de datos personales, así como las demás condiciones, limitaciones, finalidades y derechos que le asisten como titular de información personal, entre los que se encuentra el derecho a realizar solicitudes, quejas o reclamos frente al tratamiento de sus datos personales realizado por la Organización, derechos que podrá ejercer a través de los medios, mecanismos y procedimientos descritos en la presente política.
– Salvaguardar la seguridad de los datos personales objeto de tratamiento, el cual se realizará a nombre de Plásticos Arango conforme a los principios que lo tutelan
XVII. VIGENCIA Y MODIFICACIÓN DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO
La presente Política de Tratamiento de Datos Personales de PLÁSTICOS ARANGO
empezará a regir a partir de su publicación, realizada el día 20 de julio de 2025.
Esta Política puede ser modificada por la sociedad en cualquier tiempo, con la finalidad de adaptarla a novedades legislativas o jurisprudenciales, así como a mejores prácticas que se desarrollen sobre el tema, caso en el cual se informará oportunamente a los Titulares.
Cualquier modificación o actualización de la presente Política, será publicada en la sede principal de la sociedad en cartelera visible para todas las personas o en su defecto será enviada al correo electrónico de los titulares de los datos.
El uso de servicios que ofrecen las sociedades por parte del Titular o su no desvinculación de estos, después de la puesta a disposición de la nueva Política, constituye la aceptación de esta. Los Datos Personales o bases datos sujetas a Tratamiento, estarán vigentes por el término contractual que el Titular tenga el producto o servicio, más el término que establezca la ley.
XVIII. OTRAS DISPOSICIONES
1. El establecimiento de comercio, para el tratamiento de datos sensibles, informará a los titulares de la información: (i) que, por tratarse de este tipo de datos, no están obligados a autorizar su tratamiento e (ii) informará de forma explícita y previa cuales datos sensibles y la finalidad del tratamiento de acuerdo con las finalidades descritas en el numeral IX del presente documento.
2. Para efectos del tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes, la ssociedad responderán y respetarán el interés superior de estos y además, asegurarán el respeto de sus derechos fundamentales. Adicionalmente, La ssociedad solicitarán autorización del representante del niño, niña o adolescente previo ejercicio del menor de su derecho a ser escuchado, opinión que será valorada teniendo en cuenta la madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto, a efectos de efectuar el tratamiento de sus Datos Personales para fines comerciales, de mercadeo y ventas.
3. En caso de llegar a realizar tratamiento de datos sensibles o datos personales de niños, niñas y adolescentes, la sociedad respetará las disposiciones contenidas especialmente en los artículos 5, 6 y 7 de la Ley 1581 de 2012 y en los artículos 6 y 12 del Decreto 1377 de 2013 y demás normas que los modifiquen o adicionen.
Fecha de creación: 20 de julio de 2025
Versión: 1